El debate en la Corte desnuda la imagen que el STF proyecta de sí mismo
A diecinueve días de la primera vuelta, la sesión sobre Alexandre de Moraes y el caso Banco Master expone a una Corte obligada a discutir no solo investigación, competencia e imparcialidad, sino la propia forma en que se presenta ante una disputa jurídica que también produce efectos políticos, electorales e internacionales.
Fernando Fagundes Ferreira ·
El Supremo Tribunal Federal entró este martes 15 de septiembre en un terreno poco común. La sesión extraordinaria convocada para apreciar la posible apertura de una investigación relacionada con elementos del caso Banco Master y con el ministro Alexandre de Moraes dejó progresivamente de limitarse a la cuestión que formalmente había llevado el caso al plenario. El propio tribunal pasó a discutir la legitimidad de los procedimientos utilizados para investigar, relatar y juzgar la controversia, ampliando el debate a temas como competencia, impedimento, sospecha, organización interna de la Corte y alegada finalidad político-electoral de actos procesales.
El proceso comenzó mirando a un ministro, pero a lo largo de las horas obligó al tribunal a mirar también hacia sí mismo. Ese cambio de escala no se debió únicamente a la intensidad de los enfrentamientos personales ocurridos en el plenario. El aspecto institucionalmente más relevante fue la manera en que investigación, relatoría, debido proceso legal, imparcialidad y disputa sobre motivaciones políticas pasaron a conectarse dentro de la misma controversia.
La cuestión dejó, por tanto, de ser solamente saber si Alexandre de Moraes debía ser investigado. Pasó a involucrar también una pregunta más difícil: quién puede decidir sobre esa investigación sin que su propia actuación pase inmediatamente a integrar el conflicto.
El derecho entra en el conflicto
La dificultad apareció ya en los movimientos procesales. Dias Toffoli declaró sospecha y Kassio Nunes Marques impedimento, mientras Flávio Dino y Gilmar Mendes cuestionaron aspectos de la reorganización de los procedimientos relacionados con el caso Master bajo la Presidencia de Edson Fachin. Fachin defendió su actuación y la conducción institucional adoptada.
Nada de esto, aislado, representa una anomalía. Competencia, prevención, sospecha, impedimento y definición de relatoría son mecanismos ordinarios del sistema judicial y existen precisamente para preservar el debido proceso legal. La situación adquiere otra dimensión cuando esos mismos instrumentos dejan de ser solo garantías procesales y pasan a integrar una disputa sobre quién posee legitimidad para aplicarlos, interpretarlos o revisarlos.
Fue eso lo que la sesión puso ante el público. La discusión ya no involucraba solamente qué reglas debían prevalecer, sino también quién poseía autoridad para establecer el procedimiento y qué consecuencias institucionales y políticas podrían derivar de él.
Es en ese punto que el derecho deja de aparecer solo como mecanismo para resolver el conflicto y pasa a constituir el propio territorio en que el conflicto se desarrolla.
Acusaciones cruzadas de instrumentalización
La dinámica se volvió aún más evidente cuando Alexandre de Moraes, André Mendonça y Gilmar Mendes pasaron a discutir la conducción del caso y sus posibles finalidades.
Moraes acusó a Mendonça de actuar políticamente contra él y afirmó que hubo un intento de vincularlo a una colaboración premiada. Mendonça rechazó las acusaciones y sostuvo la regularidad de su actuación. Gilmar Mendes, a su vez, atribuyó un sesgo político-electoral a la conducción del episodio, interpretación igualmente impugnada por Mendonça.
Lo que se formó en el plenario fue, por tanto, algo más complejo que una divergencia jurídica convencional. Un ministro afirmaba que procedimientos investigativos habían sido instrumentalizados contra él; otro sostenía la legalidad de su actuación; mientras otros integrantes de la Corte cuestionaban la finalidad, la oportunidad y los efectos institucionales de actos practicados a lo largo de la investigación.
El STF pasó así a examinar alegaciones concurrentes de instrumentalización del derecho. Para un análisis de lawfare, ese tal vez sea el punto más relevante de la sesión. La cuestión deja de estar solo en saber qué decisión fue jurídicamente correcta y pasa a exigir la reconstrucción de quién controló cada procedimiento, qué garantías fueron observadas, qué evidencias sustentan las acusaciones y cómo actos formalmente jurídicos pasaron a producir efectos políticos, electorales y reputacionales más allá de los autos.
Es en ese engranaje que surge la idea de autofagia lawfariana.
No se trata simplemente de un ministro juzgando a otro ministro. El fenómeno es más profundo: la Corte pasa a analizar acusaciones de instrumentalización jurídica mientras sus propios integrantes dirigen acusaciones semejantes unos contra otros, haciendo que los mecanismos destinados a resolver la controversia también se conviertan en parte de ella.
La elección dejó de ser solo contexto
La proximidad de las elecciones añade una capa decisiva a la crisis. La sesión ocurrió diecinueve días antes de la primera vuelta, marcada para el 4 de octubre, pero la dimensión electoral no permaneció fuera del tribunal.
Entró explícitamente en la discusión.
Los ministros hicieron referencias directas a la posibilidad de efectos político-electorales asociados a la conducción de los procedimientos. Gilmar Mendes habló de un sesgo político-electoral, mientras Moraes atribuyó motivación política a la actuación de Mendonça, quien rechazó esa caracterización.
La conexión entre procedimiento judicial y efectos electorales dejó, por tanto, de ser solo una hipótesis formulada por comentaristas o adversarios políticos. Se volvió parte de la propia controversia debatida por los ministros.
Ese ambiente produce una duplicidad delicada. Cada decisión sigue teniendo una dimensión procesal, en la que debe ser analizada según competencia, prueba, contradictorio y debido proceso. Al mismo tiempo, adquiere inmediatamente una segunda vida fuera de los autos, donde puede ser convertida en argumento electoral, instrumento de movilización política o elemento de disputa reputacional.
A diecinueve días de la votación, esa segunda dimensión deja de ser periférica.
La Corte ante la propia imagen
Tal vez sea en ese punto que la sesión haya revelado su aspecto más incómodo.
Los tribunales no controlan integralmente la forma en que son percibidos. La imagen pública de una institución resulta de la combinación entre sus decisiones, sus procedimientos, el lenguaje utilizado por sus integrantes y la interpretación que la sociedad produce de esos comportamientos.
Pero una sesión pública también proyecta una imagen institucional, y Cármen Lúcia acabó verbalizando esa dimensión de manera poco común para una integrante de la propia Corte.
Al manifestarse durante el juicio, la ministra dijo estar en estado de consternación y tristeza con lo que ocurría en el Supremo. También afirmó sentirse avergonzada y habló de un “malestar cívico”, reconociendo que el Poder Judicial debería transmitir tranquilidad a la sociedad, pero que la crisis expuesta públicamente venía produciendo el efecto contrario.
La relevancia de esa intervención supera su dimensión emocional. Desplaza el problema de la percepción pública hacia el interior del propio tribunal. Ya no se trata solo de periodistas, adversarios políticos u observadores externos evaluando la imagen del STF. Una ministra reconoció, durante la sesión, que aquello que estaba siendo exhibido ante la sociedad producía consternación institucional e intranquilidad.
Horas antes, Edson Fachin había abierto los trabajos defendiendo serenidad, equilibrio, respeto institucional y la necesidad de evitar confrontos personales, resaltando que la Corte debía juzgar hechos y cuestiones jurídicas.
Entre la imagen institucional reivindicada en la apertura de la sesión y aquella reconocida por Cármen Lúcia a lo largo del juicio se abrió una distancia que tal vez resuma mejor el episodio que cualquier confronto aislado.
El STF no estaba solo decidiendo sobre un caso. Ante las cámaras, también mostraba cómo reacciona cuando el conflicto alcanza a sus propios integrantes.
La cuestión, por tanto, no es determinar qué imagen la sociedad debe formar de la Corte, sino observar qué imagen la propia dinámica pública de la sesión hizo disponible para evaluación y cómo una integrante del tribunal terminó por reconocer la incomodidad producida por ella.
La dificultad de encontrar un punto externo al conflicto
El problema estructural aparece en la sucesión de cuestiones que pasaron a surgir unas de otras.
Una duda sobre la actuación de un ministro exige decidir quién puede investigarlo. Si la conducción de esa investigación es impugnada, surge la necesidad de definir quién posee legitimidad para examinar al investigador. Si la relatoría es cuestionada, se abre una nueva controversia sobre competencia y reorganización procesal. Cuando integrantes del propio colegiado se declaran sospechosos o impedidos, aumenta la preocupación con la capacidad de preservar distancia institucional suficiente para arbitrar el conflicto.
El derecho posee respuestas formales para cada una de estas situaciones. Una corte constitucional, sin embargo, depende también de algo que no puede ser producido automáticamente por norma reglamentaria: credibilidad pública.
La regularidad jurídica de una composición no genera por sí misma percepción de imparcialidad. Un ministro puede estar formalmente habilitado para participar de determinada decisión y, aun así, tener esa participación impugnada en el espacio público. Cuando crece la distancia entre validez jurídica y legitimidad percibida, la autoridad del tribunal comienza a depender no solo del contenido de sus decisiones, sino también de la confianza depositada en el procedimiento utilizado para producirlas.
Por eso reducir la sesión a un episodio de intercambio de agresiones significa perder su dimensión más importante. El problema institucional no está solo en el tono utilizado por los ministros, sino en el hecho de que cada intento de organizar la controversia pasó a generar una nueva discusión sobre quién poseía autoridad para organizarla.
El conflicto cruza la frontera
Mientras el STF discutía internamente acusaciones de instrumentalización jurídica, otra dimensión del conflicto se desarrollaba fuera del país.
Eduardo Bolsonaro programó un viaje a Washington para defender ante autoridades estadounidenses la retomada de sanciones contra Alexandre de Moraes bajo la Global Magnitsky Act. Según Reuters, los acontecimientos recientes relacionados con el caso Master serían utilizados como parte de la argumentación en favor de las medidas.
El dato relevante no está solo en la existencia de presión política externa, sino en el intento de convertir acontecimientos producidos dentro del sistema de Justicia brasileño en fundamento para la aplicación de instrumentos jurídicos y financieros de otro Estado contra integrantes de la Suprema Corte brasileña.
Es en ese punto que la lógica del lawfare deja de operar solo dentro de las fronteras nacionales. La disputa sobre investigaciones, competencias y legitimidad pasa a buscar efectos en otra jurisdicción, utilizando mecanismos legales extranjeros como extensión de un conflicto político e institucional originado en Brasil.
Esto no significa que todo instrumento sancionatorio sea, por definición, lawfare. Significa algo más específico: cuando mecanismos jurídicos externos son movilizados estratégicamente para producir presión sobre actores involucrados en una disputa política doméstica, pasan a integrar el campo analítico del lawfare.
La controversia pasa así a operar en tres arenas simultáneas. Dentro de los autos se discuten competencia, prueba y garantías. En el ambiente electoral, los actos procesales son convertidos en narrativa política. En el exterior, esos mismos acontecimientos se vuelven materia prima para el intento de producir consecuencias jurídicas y financieras sobre autoridades brasileñas.
La autofagia, por tanto, ya no se limita al interior de la Corte. Mientras el STF discute si sus propios procedimientos fueron instrumentalizados, actores externos procuran movilizar otros sistemas jurídicos para interferir en la misma disputa.
El engranaje comienza a consumir la propia autoridad
Al final de la sesión, el tribunal no había alcanzado el mérito de la posible investigación de Moraes. Antes de eso, quedó dividido sobre una cuestión anterior: si los casos relacionados con Moraes y André Mendonça debían ser analizados conjuntamente o de manera separada.
Edson Fachin proclamó un marcador provisional de 4 a 3 por el mantenimiento de los procedimientos separados, con Fachin, Mendonça, Luiz Fux y Cármen Lúcia en esa posición, mientras Gilmar Mendes, Moraes y Cristiano Zanin defendieron la reunión. Flávio Dino, que había indicado una posición favorable al análisis conjunto, pidió vista e interrumpió el juicio; su manifestación dejó de integrar el marcador formal proclamado en ese momento.
El resultado es revelador porque el STF entró al plenario para analizar una posible investigación y terminó sin decidir sobre ella. La Corte paró antes, ante la necesidad de definir qué procedimiento debía utilizar para decidir sobre el propio procedimiento.
Es en esa circularidad que la autofagia lawfariana se vuelve visible. La investigación de un ministro produce una controversia sobre la propia investigación; esa controversia genera cuestionamientos sobre quién la condujo; los cuestionamientos alcanzan relatoría, impedimentos, sospechas y competencia; y los mecanismos creados para reorganizar el proceso pasan, a su vez, a ser impugnados.
Autofagia lawfariana, aquí, no designa la culpa de un ministro o de un grupo. Describe una dinámica institucional en la que procedimientos destinados a controlar el ejercicio del poder pasan a ser impugnados, reinterpretados y movilizados por los propios integrantes de la institución, mientras la disputa sobre su legitimidad produce nuevos procedimientos, nuevas acusaciones y nuevas zonas de conflicto.
El riesgo institucional no está necesariamente en determinar quién vencerá determinada cuestión procesal. Está en la posibilidad de que el sistema, al arbitrar sucesivamente controversias que involucran a sus propios integrantes, desgaste recursos fundamentales a su autoridad, como confianza pública, previsibilidad procesal y capacidad de presentar sus decisiones como producto de una institución que permanece mayor que los conflictos existentes dentro de ella.
A diecinueve días de las elecciones, ese desgaste no queda restringido al Poder Judicial. Pasa inmediatamente a integrar la disputa electoral y, ahora, también alimenta articulaciones políticas internacionales.
La autofagia institucional comienza cuando la Corte deja de discutir solo el proceso y pasa a tener que demostrar que aún existe un lugar suficientemente externo al conflicto desde donde pueda juzgarlo.
Cármen Lúcia tal vez haya ofrecido la síntesis más incómoda de la sesión al reconocer, desde el interior de la propia Corte, el malestar producido por aquello que la sociedad acababa de presenciar. La discusión del 15 de septiembre no reveló solo cómo el STF pretende ser visto. Reveló también lo que ocurre cuando la imagen que la institución reivindica encuentra, ante las cámaras, la imagen que su propia dinámica proyecta.